FSC-CCOO Servicio Exterior | 17 julio 2026.

Aclaración sobre las cotizaciones retroactivas a la Seguridad Social española en la UE, el EEE, Suiza y Reino Unido

    La Tesorería General de la Seguridad Social ha confirmado, en un informe vinculante, que no es posible trasladar a la persona trabajadora el coste de cotizaciones sociales que no fueron deducidas en su momento.

    17/03/2026.
    Oficina de la Seguridad Social

    Oficina de la Seguridad Social

    Tras la entrada en vigor de la Resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, que reconoce la asimilación a funcionarios del personal laboral contratado por la Administración española en misiones diplomáticas, consulados y oficinas sectoriales situadas en la UE, el EEE, Suiza o el Reino Unido, los diferentes departamentos ministeriales con presencia en el exterior han aplicado criterios dispares respecto al abono de las cotizaciones sociales.

    En aquellos casos en los que los sistemas locales lo permitieron, se procedió a dar de alta al personal con carácter retroactivo a 15 de agosto, fecha de entrada en vigor de la citada Resolución.

    Esta decisión suscitó en su momento numerosas dudas sobre cómo debían gestionarse las cotizaciones correspondientes a esos periodos pasados, especialmente en lo relativo a la parte de la cuota que corresponde a la persona trabajadora. En algunos departamentos, una vez formalizadas las altas, se aplicaron descuentos en nóminas para recuperar la cotización de la persona trabajadora correspondiente a esos periodos.

    Pues bien, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha emitido un informe vinculante en el que se establece con claridad que es el empleador quien debe asumir la totalidad de la cuota (patronal y obrera) en caso de altas retroactivas.

    Es decir, la responsabilidad del pago de la totalidad de las cotizaciones recae íntegramente en el empleador y no es posible trasladar posteriormente ese coste a la persona trabajadora mediante deducciones en nómina.

    En este sentido, el MAEC ha confirmado a esta sección sindical que procederá a regularizar los importes cargados indebidamente al personal laboral, devolviendo la totalidad de estos a la mayor brevedad posible. 

    Desde CCOO-Exterior seguiremos atentos a la evolución de esta cuestión y animamos a aquellas personas que hayan visto reflejados en su nómina cargos derivados de estas cotizaciones retroactivas a solicitar al servicio de nóminas de su ministerio que revise la situación y proceda, en su caso, a la corrección de dichos descuentos.

    Asimismo, desde CCOO-Exterior exigimos a todos los departamentos ministeriales con presencia en el exterior a aplicar de oficio este criterio, evitando litigios innecesarios.

    Como siempre, comunicaremos cualquier novedad que pueda resultar de interés para el PLEX y quedamos a vuestra disposición para resolver cualquier duda a este respecto.